Solución de un problema ético-jurídico
Planteamiento:
El Lic. Villar pertenece a un despacho de abogados muy prestigioso en la Ciudad de México. El señor Pérez se presentó ante él, para solicitarle asesoría jurídica y resolver un conflicto con su ex esposa (la señora Torres) e hijos. El señor Pérez estaba divorciado y tenía la obligación de dar alimentos mediante una pensión, traducida a una cantidad de dinero entregada mensualmente a su ex esposa e hijos, ya que así lo había determinado el juez de lo familiar en su sentencia de divorcio. El Lic. Villar empezó a investigar el caso y consideró que el señor Pérez era muy irresponsable y desconsiderado con su ex esposa e hijos, ya que habían transcurrido más de seis meses sin que les diera la pensión alimenticia; el señor Pérez no cumplía su obligación porque argumentaba que sus hijos y ex esposa no tenían necesidad de recibirla, debido a que su ex esposa tenía una relación amorosa con un médico exitoso y llevaban más de dos años viviendo en común, además de que el médico, mantenía a sus hijos y a ella. La señora Torres argumentaba que su ex esposo era un apostador y bebedor compulsivo y, por ello, no pagaba la pensión alimenticia, teniendo los recursos necesarios para pagarla al ser propietario de una exitosa cadena de restaurantes.
El Lic. Villar se encontró en el dilema ético de defender legalmente a un supuesto “bebedor y apostador compulsivo”.
Argumentos para resolver el problema ético:
1. El artículo 17 constitucional establece que toda persona tiene derecho a que se le administre justicia. El Lic. Villar se preguntó, atendiendo a los principios de igualdad y justicia, ¿Si el señor Pérez, aunque fuera un irresponsable y desconsiderado, no tenía derecho a que se le administrara justicia?
El principio de igualdad consiste en que todas las personas son iguales ante la ley, es decir, el derecho humano de acceso a la justicia, no puede ser exclusivo para ciertos individuos. El principio de justicia consiste en dar a cada quien lo suyo.
2. El despacho en donde trabaja el Lic. Villar, en su código ético, establece que cada abogado miembro de la empresa está en libertad de decidir si lleva cierto caso que se le presente, o por el contrario lo rechaza, debido a las cargas éticas que se presenten en este.
3. El Lic. Villar sólo se hizo una suposición acerca de la personalidad del señor Pérez, no sabía a ciencia cierta qué parte tenía la razón, por ello resulta injusto y de acuerdo al principio ético de obrar según ciencia y conciencia, el Lic. Villar no estaba dando su mayor esfuerzo para que se resolviera el caso, ya que tenía un conflicto interno por defender a un padre irresponsable.
El principio de obrar según ciencia y conciencia supone una preparación técnico- jurídica previa que ayude a discernir entre el bien y el mal; distinguir lo que puede y debe ser, de aquello que debe ser evitado.
4. De acuerdo al principio de libertad profesional, el Lic. Villar puede llegar a aceptar, o no aceptar ciertos casos, pero siempre obrando ciencia y conciencia.
El principio de libertad profesional consiste en la autodeterminación profesional, es decir, en tomar decisiones técnico-jurídicas y decisiones como llevar una defensa o dejar de llevarla. Existe una relación estrecha entre este principio y el de obrar ciencia y conciencia.
5. El Lic. Villar no estaba atendiendo al principio de desinterés, consistente en que la actividad profesional no es un medio de realización personal, sino es un servicio que ayuda a la persona que solicita el servicio profesional.
Conclusiones:
PRIMERA. El Lic. Villar decidió llevar el caso del señor Pérez.
SEGUNDA. Decidió llevar al caso, debido al principio de igualdad, porque toda persona tiene acceso a que se le administre justicia y también a que sea oída y defendida en juicio.
TERCERA. No estaba imposibilitado a llevar el caso, ya que el código ético de la empresa no sea lo prohibía, al facultar a los abogados de la empresa, que ellos decidieran acerca de llevar un caso o no.
CUARTA. Las suposiciones del Lic. Villar eran erróneas, ya que de acuerdo al artículo 288, fracción V, del Código Civil para el Distrito Federal, tiene que existir necesidad por parte de los acreedores alimenticios para que estos puedan recibir la pensión alimenticia. Por otra parte, de acuerdo al artículo 291 Bis del mismo ordenamiento, la señora Torres ha vivido en común por más de dos años con el médico, por lo que se actualiza el concubinato y por ello, de conformidad con el citado artículo 288, párrafo segundo, una de las causas de extinción de la obligación de dar alimentos.
QUINTA. El Lic. Villar atendió al principio ético de libertad profesional, decidiendo llevar el caso, por lo que sus pensamientos sobre el señor no impidieron que obrara según ciencia conciencia.
SEXTA. Por último el Lic. Villar tomo en cuenta el principio ético de desinterés, ya que ayudo con sus servicios profesionales a que el señor Pérez resolviera su problema legal.
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28 de febrero de 2012
18 de agosto de 2011
Reflexiones clase 1
Reflexiones acerca de clase del 9 de agosto del 2011
La primera reflexión que hare es acerca del juego que simulaba a una bolsa de valores, en donde, se observaron muchos valores éticos. Al principio nadie sabía, o al menos muy pocos, que se trataba de un modelo de mercados accionarios; así que por este motivo no nos comunicábamos o negociábamos, no fue sino hasta el final del juego, donde empezamos a comunicarnos y a negociar entre nosotros, por lo que yo observé que trabajamos en equipo. También me percate que existió solidaridad, al querer ayudar a otros compañeros, así como respeto, ya que nunca nos insultamos o agredíamos. Lo único negativo (hasta cierto punto) que observé fue egoísmo, ya que en vez de hacer equipo para ganar aunque sea algo, tratábamos de que uno solo fuera el que se llevara todo el premio para sí. Este último sentimiento me parece natural o normal, ya que todos los seres humanos somos así, egoístas por naturaleza, así que en este juego se iba a observar lo mismo.
La otra reflexión que hare es acerca de tabla de valores que hicimos acerca de nuestra generación, y de la tabla de defectos de la generación de nuestros padres. Lo que más me salta a la mente es que la mayoría pensamos que nuestra generación es muy poco tolerante, y me parece una contradicción ya que muchos también pensamos que somos perseverantes, y para ser perseverantes necesitamos de mucha tolerancia; también casi todos pensamos que somos optimistas, en esto estoy totalmente de acuerdo, ya que es una de las principales características de nuestra generación. Respecto a nuestros padres muy pocos piensan que son irresponsables; no sé quién, ni por que mencionó esto, ya que yo no conozco padre alguno (de nuestra clase social) que sea irresponsable, de hecho la responsabilidad es algo que caracteriza a la generación de nuestros padres, así que para mí esto ni siquiera debería estar en esta tabla; según nosotros el mayor defecto de nuestros padres es que son orgullosos, cosa que estoy de acuerdo, aunque también agregaría que son autoritarios.
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