4 de octubre de 2011

CÓDIGO DEL ALUMNO DE SEGUNDO AÑO, GRUPO C, DE LA H. ESCUELA LIBRE DE DERECHO

CÓDIGO DEL ALUMNO DE SEGUNDO AÑO, GRUPO C, DE LA H. ESCUELA LIBRE DE DERECHO

Exposición de motivos del Código del Alumno de Segundo Año, grupo C, de la H. Escuela Libre de Derecho.

En el presente Código se señala la normatividad que los alumnos que cursan el segundo año, de la carrera de Abogado, en el grupo C de la Escuela Libre de Derecho deberán de seguir. En dicho ordenamiento, se presentan los lineamientos disciplinarios y, el aspecto deontológico que debe prevalecer en los alumnos que cursan el grado de la mencionada carrera.

Con el presente ordenamiento, se pretende también generar un espíritu de compañerismo, a través del respeto, mínimo valor de los espacios sociales en los que se repiten esquemas, sobre todo, en una Escuela que forma Abogados de gran prestigio, misión harto importante de la sociedad mexicana. Así como, el amor y la entrega a la carrera Jurídica, que busca, como fin inalcanzable, el orden, a través de la seguridad jurídica, el respeto y el conocimiento de las leyes y, dando a cada quien lo suyo, aplicando con denuedo la Ciencia Jurídica.

DEBERES CONMIGO MISMO

Art. 1. Dedicarme a mi formación integral como abogado sin permitir que pasiones individuales ajenas a las metas planteadas en este código me desvíen de mi vocación.

Art. 2. Ser un estudiante modelo de la Escuela Libre de Derecho, asumiendo la responsabilidad y honor que esto implica, y llevar dentro y fuera de la institución un modo de vida ejemplar.

Se entenderá por estudiante modelo aquél estudiante respetuoso, responsable, solidario y que cumpla con las disposiciones especificadas en el presente código.

Art. 3. Ocupar mi tiempo fundamentalmente en el estudio, investigación y enriquecimiento de mis conocimientos y cultura.

Art. 4. Ser puntual, constante y asistir a clases.

Art. 5. Ser solidario y colaborar como miembro de la comunidad de alumnos de la Escuela Libre de Derecho.

Art. 6. Ser respetuoso, tolerante y prudente en cuanto a mis actos y opiniones, así como con respecto a los actos y opiniones de los demás.


DEBERES PARA CON MIS COMPAÑEROS

Art. 7. Promover la unión y fraternidad entre compañeros.

Art. 8. Cumplir y velar por el respeto a los preceptos morales, éticos y normativos entre mis compañeros.

Art. 9. Compartir y procurar que se compartan los conocimientos adquiridos.

Art. 10. Respetar las ideas, creaciones y aportes de mis compañeros, reconociendo su autoría.

DEBERES PARA CON LOS PROFESORES

Art. 11. Es deber como estudiante dirigirnos de manera respetuosa a todo el claustro de profesores, así como personal administrativo y de limpieza, dentro y fuera de las instalaciones de la institución.

Art. 12. Todos los estudiantes deberemos permanecer de pie, como muestra de respeto hacia los profesores al entrar este al salón de clases.

Art. 13. La autoridad máxima dentro del salón de clases, es el profesor titular, y a falta de este, el profesor adjunto que imparta la clase dentro del horario de su cátedra.

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