10 de enero de 2012

Erika Sánchez Eduardo

Ética

06 / 12 / 11

Planteamiento del caso ético - jurídico.

El abogado Santiago Zaragoza trabaja para una empresa donde el dueño de esta le dice que la empresa no tiene las posibilidades para poder pagarle a todos sus trabajadores conforme a la ley; así que le pide que elabore un contrato de prestación de servicios para cada uno, en vez de que cada trabajador tenga su contrato individual de trabajo.

Solución.

Como consecuencia de que no haga lo que le ordenan el abogado puede ser despedido, sabiendo que el contrato que realice para cada uno de los trabajadores no proteja a estos como lo haría un contrato individual de trabajo, con respecto a esto considero y estoy convencida de que atendiendo a los valores que tenga cada abogado crea conveniente no realizar tal mandato.

El resultado de actos como estos en que se beneficia al cliente, es la mala reputación que tiene en la sociedad el abogado; estoy consciente de que por más que se busque ser recto y actuar conforme a la ley lamentablemente en México no queda de otra más que acoplarse al “sistema” repleto de impunidad, ilegalidad y arbitrariedad. Sin embargo, el abogado al cumplir con la función social que tiene, ayuda al progreso de México además de que conforme a sus valores sé que se puede combatir ese sistema, rechazando este tipo de casos.

El abogado debe actuar con eficiencia, legalidad, honradez y lealtad; el alegar hechos falsos, fundarse en documentos o testigos falsos, simular actos jurídicos, patrocinar a ambas partes, abandonar la defensa de un cliente o negocio sin causa justificada son conductas punibles por la Autoridad.

La justicia del asunto y el interés del cliente eran considerados las pautas del abogado correcto, de esta forma en la tradición jurídica castellana se estableció que el abogado no debía defender asuntos cuya injusticia conociera y si descubriese tal nota después de iniciado el litigio, y el cliente se empeñaba en seguirlo, debía dejarlo.

La misión del abogado no termina con el ejercicio profesional sino que trasciende a la conducta, ya que sus actos son los que hablan en nombre del Derecho; por lo que considero que debe esforzarse en ser una persona respetuosa, honrada, de confianza. El resultado de que la sociedad piense que los abogados solo actúan por sus propios intereses y tenga una mala imagen de ellos son todos los actos que hacen arbitrariamente beneficiando a su cliente. Así que por encima del estricto interés del cliente, el abogado ha de proyectarse sobre el amplio espacio de la comunidad. Deberá dar ejemplo de honor, confianza y decencia por la especial responsabilidad que tiene y representa en la sociedad.

Principios en los que me basé:

CÓDIGO DE ÉTICA PROFESIONAL DE LA BARRA MEXICANA, COLEGIO DE ABOGADOS.

Art. 2º- Defensa del honor profesional. El abogado debe mantener el honor y la dignidad profesionales; no solamente es un derecho, sino un deber, combatir por todos los medios lícitos la conducta reprochable de jueces, funcionarios públicos y compañeros de profesión.

Artículo 3°- Honradez. No ha de aconsejar actos dolosos, afirmar o negar con falsedad, hacer citas inexactas, mutiladas o maliciosas, ni realizar acto alguno que estorbe la buena y expedita administración de justicia.

Art. 6º- Aceptación y rechazamiento de asuntos. No aceptará un asunto en que haya de sostener tesis contrarias a sus convicciones, inclusive las políticas o religiosas, y cuando no esté de acuerdo con el cliente en la forma de plantearlo o desenvolverlo.

Art. 27º- Límite de la ayuda del abogado a su cliente. Es deber del abogado para con su cliente servirlo con eficacia y empeño para que haga valer sus derechos, sin temor a la animadversión de las autoridades, ni a la impopularidad; y no debe supeditar su libertad ni su conciencia a su cliente, ni exculparse de un acto ilícito atribuyéndolo a instrucciones del mismo.

Art. 32º- Conducta incorrecta de un cliente. El abogado ha de velar porque su cliente guarde respeto tanto a los jueces y otros funcionarios, cuanto a la contraparte, a sus abogados y a los terceros que intervengan en el asunto, y porque no ejecute actos indebidos. Si el cliente persiste en su actitud reprobable, el abogado debe renunciar al patrocinio.

LOS MANDAMIENTOS DEL ABOGADO.

Artículo 4°- Lucha. Tu deber es luchar por el derecho; pero el día que encuentres en conflicto el derecho con la justicia, lucha por la justicia.

Artículo 5°- Se leal. Leal para con tu cliente, al que no debes abandonar hasta que comprendas que es indigno de ti.



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